Recurren la citación a declarar de Pedro Sánchez desde la Fiscalía, la ven innecesaria
El documento destaca las “complicaciones” que introduce el juez al resolver los recursos antes del día 30, mencionando la “urgencia” con la que se cita a Sánchez. Además, tilda de “artimaña” los argumentos usados para rechazar la declaración por escrito.

La Fiscalía ha impugnado la decisión de citar a Pedro Sánchez como testigo en el caso contra su esposa, Begoña Gómez, argumentando que el juez Juan Carlos Peinado no ha demostrado la necesidad de esta citación. En su recurso, el Ministerio Público señala las “disfunciones” en la actuación del juez, quien ha cambiado el estatus de dos testigos a imputados, lo que podría constituir una vulneración de sus derechos.
Además, el Ministerio Público critica que, mientras otras declaraciones han sido programadas para finales de agosto, el presidente del Gobierno ha sido citado con muy poco margen, complicando la posibilidad de que la Audiencia de Madrid, instancia superior al juez, pueda revisar a tiempo los recursos presentados y así evitar la declaración. Según la Fiscalía, “no existe una urgencia explícita” que justifique esta prisa en citar a Sánchez.
Esto expone la Fiscalía

El recurso presentado por la Fiscalía subraya una contradicción en la decisión del juez de citar a Pedro Sánchez para declarar en su despacho oficial, un procedimiento que generalmente se reserva para testimonios que no están relacionados con las funciones del cargo del testigo. La Fiscalía argumenta que, según el juez Peinado, se investiga un presunto tráfico de influencias que involucra al presidente, lo que contradice la propia base de la citación, ya que estos hechos están vinculados con sus funciones como presidente del Gobierno.
El fiscal acusa al juez Peinado de emplear un “subterfugio” para justificar su traslado a La Moncloa y realizar el interrogatorio, señalando que hay aspectos de la causa que son conocidos y se han desarrollado en el contexto de las funciones presidenciales. “Si se fuera coherente con lo declarado y aunque estemos radicalmente en contra de la diligencia, se permitiría una declaración por escrito en lugar de optar por el escenario planteado, recurriendo al subterfugio de no considerar los hechos como conocidos en el ejercicio del cargo”, agrega el escrito de la Fiscalía.
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Además, la Fiscalía recuerda que ya había impugnado la admisión de la denuncia de Manos Limpias, calificando la causa de “prospectiva y sin indicios”. Continúa criticando que, incluso después de que la Audiencia Provincial definiera los límites de las diligencias, el juez Peinado ha seguido adelante con una instrucción “claramente excesiva y falta de precisión o definición”.
Una forma de trabajar discriminatoria

El Ministerio Público señala que el juez ha procedido a imputar a Juan Carlos Barrabés y al rector de la Universidad Complutense, Juan Carlos Goyache, tras haberles inicialmente tomado declaración como testigos. La Fiscalía expresa su preocupación por la manera en que se han utilizado y considerado las declaraciones testificales bajo juramento de ambos para luego imputarles posibles delitos. El fiscal subraya que el juez debería haber suspendido las declaraciones en el momento en que estas comenzaron a ser incriminatorias y haberlos citado de nuevo como investigados, asegurando su derecho a la asistencia letrada.
Además, la Fiscalía manifiesta su desconcierto respecto a la relevancia de la declaración de Pedro Sánchez en la investigación que fue circunscrita por la Audiencia Provincial. Se trata de dos contratos obtenidos por una empresa de Juan Carlos Barrabés, ex colega de Begoña Gómez en la cátedra extraordinaria de la Complutense. Estos contratos no son objeto de investigación por parte del juez dado que la competencia ha sido transferida a la Fiscalía Europea, ya que involucran fondos de la Unión Europea.
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