Madre incumple con Seguridad Social y debe devolver esta cantidad de dinero
Un caso reciente se convierte en ejemplo del actuar de Seguridad Social con los pensionados que infringen las normas.

Importante fallo judicial en Madrid. La Sala de lo Social declaró culpable a una mujer por malversar datos para cobrar beneficios del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La acusada se verá obligada a pagar una suma por las prestaciones que recibió durante dos años.
Los datos falsos
El INSS brindó a la mujer en 2020 una prestación en concepto del Ingreso Mínimo Vital (IMV). La acusada, cuya identidad permaneció en el anonimato, recibió prestaciones al cumplir en principio con los requisitos establecidos por la normativa vigente. Sin embargo, se encontraron irregularidades en meses posteriores.

La Agencia Tributaria proporcionó información fiscal que desnudó los ingresos computables. Recordemos que los ingresos mensuales máximos deben estar por debajo de los 491,63 euros al mes (5900 al año) en el caso de una persona adulta que viva sola.
- Teniendo en cuenta esto, el INSS y la Agencia Tributaria se llevaron una sorpresa cuando comprobaron que la mujer pasó de cobrar 4800 euros anuales en 2020 a 7700 en 2021. Estas cifras eran superiores a los límites establecidos para percibir el IMV en su unidad de convivencia, la cual estaba formada por un adulto y dos menores.
La multa del INSS
En el concepto antes mencionado, la mujer recibió un total de 5.323,78 euros en 2020, y 9.620,98 euros en 2021. Además, en enero de 2022 se le abonaron 160,67 euros como regularización del IMV del año anterior, ajustada al Índice de Precios de Consumo (IPC).

Tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la mujer se verá obligada a pagar una multa de 7.107,25 euros en concepto de IMV entre los años 2020 y 2021. La cifra ha sido determinada a partir de los ingresos declarados por la Agencia Tributaria, que resultaban superiores a los que inicialmente se habían considerado al momento de pedir la ayuda económica.
El tribunal ha confirmado que el INSS actuó de acuerdo a derecho, fundamentando su fallo en varios aspectos clave de la normativa aplicable y en la interpretación de los hechos probados. El tribunal también ha señalado que el proceso de revisión y ajuste de la prestación es un procedimiento regular y necesario cuando se actualizan los ingresos del beneficiario.
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