La DGT aclara cuáles son los únicos casos en que se puede circular marcha atrás y explica cómo debe hacerse

Algo tan común como dar macha atrás, pero que puede atraer graves consecuencias tanto para otros como para ti con multas y puntos menos en tu carnet.

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Por:

Julia Castro

31 de mayo de 2024, 4:14 p.m.

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La DGT aclara cuáles son los únicos casos en que se puede circular marcha atrás y explica cómo debe hacerse
Casos en los que está permitido circular marcha atrás y cómo hacerlo, según la DGT. Fuente: Freepik/La Península

A más de uno seguro le ha pasado, vas conduciendo el vehículo un poco distraído y te pasas del lugar donde era la vuelta, en lugar de dar toda la vuelta decides dar marcha atrás, pero no siempre es posible o correcto, ya que hacer esta maniobra tiene una regulación que marca la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, esta prohíbe a los automóviles ir en ‘reversa’, pero hay algunas excepciones.

De acuerdo con la Dirección General de Tráfico (DGT) dar marcha atrás debe ser siempre el “mínimo indispensable”, es decir “deberá efectuarse lentamente” después de advertirla “con las señales preceptivas”, y en todo momento el conductor deberá asegurarse de que “no va a constituir peligro para los demás usuarios de la vía”. Es que esta maniobra, sino es bien ejecutada, puede ser peligrosa no solo para quien maneja, sino también para personas, animales e incluso objetos que no estén a simple vista.

Y no solo en la calles de una ciudad, también esta ley se aplica en autopistas, autovías y demás vías rápidas que tienen específicas y concretas normas para circular en ellas. Por lo que dar marcha atrás en una de estas vías, puede ser considerada una infracción de gravedad, lo que además de multas económicas, también puede hacer perder al menos cuatro puntos en el carnet.

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¿Qué casos pueden ser excepciones para dar marcha atrás?

    Una de las normas en las que se puede aplicar a los vehículos prioritarios como los de Protección Civil, Policía, Guardia Civil, bomberos y ambulancias, estos vehículos pueden realizar la maniobra únicamente en situaciones de emergencia y siempre que no pongan en peligro la seguridad de otros usuarios de las vías rápidas.

También será una excepción cuando invadamos un cruce de vías o recorrer más de 15 metros, en este caso se puede exceder esta distancia si debemos recurrir a dar marcha atrás para salir de una calle cortada y sin salida.

La DGT recuerda la regla RSM que es considerada esencial para realizar esta maniobra de manera segura, se desglosa en tres pasos: observar el retrovisor varias veces, señalizar adecuadamente y maniobrar con precaución. Esta técnica busca garantizar una conducción segura, con el fin de que haya menos peligros al realizarla.

El paso inicial implica una atención constante al retrovisor, recomendando observar cuantas veces sea necesario para tener una visión clara del entorno. La señalización debe ser precisa y anticipada, evitando sorpresas tanto para otros conductores como para peatones. Para finalizar, se deben hacer las maniobras solo después de haber completado los pasos anteriores, para asegurar un ambiente vial seguro.

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